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Procedimientos de evaluación de la conformidad del MDR: ¿qué vía elegir según la clase?

Anexo IX, X o XI: la vía elegida fija el alcance de la intervención del organismo notificado y la duración de la relación. El Anexo IX, basado en el SGC y la documentación técnica, domina con creces las certificaciones duraderas.

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Los Artículos 52 a 56 del MDR definen los procedimientos de evaluación de la conformidad aplicables según la clase del producto. La elección del procedimiento no es trivial: determina el nivel y la naturaleza de la intervención del organismo notificado, el contenido del expediente que se debe presentar y la duración de la relación con el ON.

Los tres procedimientos principales

Anexo IX — Evaluación basada en el SGC y en la documentación técnica.

Es el procedimiento más utilizado. El ON evalúa dos elementos distintos pero relacionados: el SGC del fabricante (sección 2 del Anexo IX) y la documentación técnica de los productos (sección 4 del Anexo IX).

La evaluación del SGC abarca los mismos ámbitos que una certificación ISO 13485, pero con requisitos adicionales del MDR verificados explícitamente: vigilancia poscomercialización, tecnovigilancia, gestión de la evaluación clínica, PMCF, EUDAMED. Un fabricante certificado según la ISO 13485 cuenta con una base documental sólida, pero el ON verifica los requisitos específicos del MDR de forma independiente.

Para los productos de clase III, el Anexo IX prevé un examen del diseño en profundidad (sección 4.4): el ON examina en detalle el diseño del producto, y no solo la documentación técnica.

La relación con el ON en el marco del Anexo IX es continua: auditoría inicial, auditorías de vigilancia anuales, auditoría de renovación cada 3 a 5 años.

Anexo X — Examen de tipo.

El ON examina un espécimen representativo del producto (el “tipo”) y emite un certificado de examen UE de tipo. Este certificado abarca ese tipo de producto y sus variantes descritas en el expediente de diseño. Tiene una validez de 5 años.

El procedimiento del Anexo X no cubre la producción: debe combinarse con el procedimiento del Anexo XI.

Anexo XI — Conformidad de la producción.

Hay dos opciones disponibles.

Parte A (aseguramiento de la calidad de la producción): el ON evalúa y supervisa el SGC limitado a los procesos de fabricación, control y expedición. Menos completo que el Anexo IX, no abarca los procesos de diseño.

Parte B (verificación del producto): el ON realiza verificaciones por muestreo de productos acabados, para asegurar la conformidad con la documentación técnica aprobada.

¿Qué procedimiento para qué clase?

Clase I: autocertificación. Ningún procedimiento de evaluación por un ON (salvo Is e Im en sus aspectos específicos).

Clase IIa: Anexo IX (SGC + examen de una muestra de la documentación técnica), o Anexo XI combinado con una declaración del fabricante sobre el Anexo II.

Clase IIb: Anexo IX, o Anexo X combinado con el Anexo XI.

Clase III: Anexo IX con examen del diseño, o Anexo X combinado con el Anexo XI Parte A.

La elección práctica para la mayoría de los fabricantes

El procedimiento del Anexo IX es con diferencia el más utilizado por los fabricantes que adoptan un enfoque de certificación duradero. Establece una relación estructurada con el ON en torno a dos pilares —SGC y documentación técnica— y permite una gestión coherente de la evolución del producto a lo largo del tiempo.

Fuente reglamentaria: Artículos 52 a 56 del Reglamento (UE) 2017/745 — EUR-Lex

Temas tratados:

procedimiento evaluación conformidad MDR Anexo IX MDR vía certificación producto sanitario